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El PSOE da el primer paso para legislar la eutanasia

lunes, 12 de octubre de 2009

El PSOE da el primer paso para legislar la eutanasia

El proyecto de ley de muerte "digna" que ha entrado en el parlamento andaluz constituye un globo sonda del partido del Gobierno para comprobar la reacción de la sociedad antes de plantear en el Congreso de los Diputados la legalización de la eutanasia.

REDACCION HO.- La Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de las Personas en el Proceso de la Muerte, que ha iniciado su trámite parlamentario en Andalucía, recoge el derecho de los pacientes en situación terminal o de agonía "a recibir sedación paliativa", y el derecho de los menores de 16 años de "prestar por sí mismos el consentimiento" a los tratamientos y cuidados prescritos, aunque "sus padres o representantes legales serán informados y su opinión será tenida en cuenta para la toma de la decisión final".

En su exposición de motivos, el proyecto de ley define la muerte "digna":

"Morir constituye el acto final de la biografía personal de cada ser humano y no puede ser separada, de aquella como algo distinto. Por tanto, el imperativo de la vida digna alcanza también a la muerte. Una vida digna requiere una muerte digna. El derecho a una vida humana digna no se puede truncar con una muerte indigna. El ordenamiento jurídico está, por tanto, llamado también a concretar y proteger este ideal de la muerte digna.

Entre los contenidos claves del ideal de muerte digna que gozan de consenso se encuentra el derecho de los pacientes a recibir cuidados paliativos integrales de alta calidad."


La exposición de motivos aborda asimismo la eutanasia:

•"Etimológicamente eutanasia sólo significa ‘buena muerte' y, en este sentido etimológico, vendría a resumir de excelente manera el ideal de la muerte digna. Sin embargo, esta palabra se ha ido cargando de numerosos significados y adherencias emocionales, que la han vuelto imprecisa y necesitada de una nueva definición. Para deslindar sus diversos significados se han introducido adjetivos como "activa", "pasiva", "directa", "indirecta", "voluntaria" o "involuntaria". El resultado final ha sido que la confusión entre la ciudadanía, profesionales sanitarios, los medios de comunicación y, aun, los expertos en bioética o en derecho, no ha hecho sino aumentar."
•"El rechazo de tratamiento, la limitación de medidas de soporte vital y la sedación paliativa no deben ser calificadas como acciones de eutanasia. Dichas actuaciones nunca buscan deliberadamente la muerte, sino aliviar o evitar el sufrimiento, respetar la autonomía del paciente y humanizar el proceso de la muerte."
•"Facilitar, a aquellas personas en situación terminal que libremente lo deseen, la posibilidad de entrar en la muerte sin sufrimiento, en paz, no puede ser sino otra expresión del respeto a la dignidad del ser humano."
Derecho a no recibir tratamiento

El artículo 8 del proyecto de Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de las Personas en el Proceso de la Muerte desarrolla el "derecho al rechazo y a la retirada de una intervención".

Se reconoce de esta manera que el enfermo tiene derecho a negarse a recibir cuidados "aunque ello pueda poner en peligro su vida":

"1. La persona que se encuentre en el proceso de muerte tiene derecho a rechazar la intervención propuesta por los profesionales sanitarios, tras un proceso de información y decisión, aunque ello pueda poner en peligro su vida.

2. Igualmente, el paciente tiene derecho a revocar el consentimiento informado emitido respecto de una intervención concreta, lo que implicará necesariamente la interrupción de dicha intervención, aunque ello pueda poner en peligro su vida."


Los menores deciden

De acuerdo con el proyecto presentado por el PSOE en Andalucía, los menores de edad tiene derecho a decidir sobre el tratamiento que reciben e incluso pueden rechazarlo, aunque, a diferencia de la propuesta del aborto, los padres deberán estar informados y serán escuchados por el personal médico:

"Artículo 11. 1. Todo paciente menor de edad tiene derecho a recibir información sobre su enfermedad e intervenciones sanitarias propuestas, de forma adaptada a su capacidad de comprensión. También tiene derecho a que su opinión sea escuchada, siempre que el menor tenga doce años cumplidos

3. Las personas menores emancipadas o con dieciséis años cumplidos prestarán por sí mismas el consentimiento, si bien sus padres o representantes legales serán informados y su opinión será tenida en cuenta para la toma de la decisión final correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.3 c) de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre. Asimismo, las personas menores emancipadas o con dieciséis años cumplidos tendrán derecho a revocar el consentimiento informado y a rechazar la intervención que le sea propuesta por profesionales sanitarios, en los términos previstos en el artículo 8."


Sedaciones paliativas

La controvertida aplicación de la sedación paliativa también queda autorizada en el proyecto de Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de las Personas en el Proceso de la Muerte para el caso de personas en situación terminal:

"Artículo 14. El paciente en situación terminal o de agonía tiene derecho a recibir sedación paliativa, cuando lo precise."


Respetar las creencias del paciente

El proyecto socialista de muerte "digna" hace diversas consideraciones sobre los deberes del personal sanitario en la toma de decisiones. En su artículo 18.2. establece que "todos los profesionales sanitarios implicados en la atención del paciente tienen la obligación de respetar los valores, creencias y preferencias del paciente en la toma de decisiones clínicas"

En este punto el proyecto especifica, también a diferencia del proyecto abortista actualmente en el Congreso de los Diputados, que se deben preservar las creencias del paciente.

De esta forma, el personal sanitario debe "abstenerse de imponer criterios de actuación basados en sus propias creencias y convicciones personales, morales, religiosas o filosóficas".

Comités de ética

El artículo 27 del proyecto socialista de muerte "digna" aborda los comités de Ética Asistencial, de los que obligatoriamente dispondrán todos los centros sanitarios. Sin embargo no se les concede un papel excesivamente relevante:

"El Comité de Ética Asistencial [tendrá] funciones de asesoramiento en los casos de decisiones clínicas que planteen conflictos éticos, que serán acreditados por la Consejería competente en materia de salud. Los informes o dictámenes emitidos por el

Comité de Ética Asistencial en ningún caso sustituirán las decisiones que tengan que adoptar los profesionales sanitarios."


Los Comités de Ética Asistencial intervendrán únicamente en casos de discrepancia entre los profesionales sanitarios y los pacientes o quienes ejerciten sus derechos.

Tras la experiencia de los comités de ética del proyecto abortista, uno de los datos esenciales para comprender el papel de estas instancias reside en su composición.

El proyecto de Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de las Personas en el Proceso de la Muerte no desvela ningún dato al respecto:

"La composición, funcionamiento y procedimientos de acreditación de los Comités se establecerán reglamentariamente."


Un globo sonda para legislar la eutanasia

El proyecto de Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de las Personas en el Proceso de la Muerte presentado por el Partido Socialista en el parlamento regional andaluz constituye el primer paso legislativo para abordar la eutanasia en nuestro país.

El gobierno Zapatero y su partido, que en repetidas ocasiones se han mostrado dispuestos a abrir la puerta a tal práctica, empieza a preparar su nueva campaña de "extensión de derechos" para el año 2010, cuando el paro supere los 4 millones de ciudadanos y sea necesario volver a agitar y dividir a la sociedad.

El Partido Socialista chequea con este proyecto la resistencia de la sociedad española ante su propuesta de subir un peldaño más en la cultura de la muerte.

De lo que suceda con esta iniciativa y del grado de rechazo ciudadano al proyecto de ley del aborto dependerá que Zapatero y su partido dediquen sus esfuerzos en los próximos meses a imponer la eutanasia en nuestro país, o se rindan a la evidencia repetidamente comprobada de que la ciudadanía no desea acompañarles por caminos tan torcidos.

Más información

•Todos los partidos de Andalucía apoyan el proyecto de Ley de Muerte Digna
•Profesionales por la Ética critica el proyecto de Ley de Muerte Digna
•La "muerte digna", al Parlamento Andaluz
•Dignitas, una cámara de los horrores llamada "suicidio asistido"
•Los turbios negocios del suicidio asistido

http://www.hazteoir.org/node/24451

En la página se puede descargar: PROYECTO DE LEY DE DERECHOS Y GARANTÍAS DE LA DIGNIDAD DE LA PERSONA.pdf 229.59 KB

Nota

Este es un espacio para compartir información, la mayoria de los materiales no son de mi autoria, se sugiere por tanto citar la fuente original. Gracias

Perfil

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Medellín, Antioquia, Colombia
Magister en Filosofía y Politóloga de la Universidad Pontificia Bolivariana. Diplomada en Seguridad y Defensa Nacional convenio entre la Universidad Pontificia Bolivariana y la Escuela Superior de Guerra. Docente Investigadora del Instituto de Humanismo Cristiano de la Universidad Pontificia Bolivariana. Directora del Grupo de Investigación Diké (Doctrina Social de la Iglesia). Miembro del Grupo de Investigación en Ética y Bioética (GIEB). Miembro del Observatorio de Ética, Política y Sociedad de la Universidad Pontificia Bolivariana. Miembro del Centro colombiano de Bioética (CECOLBE). Miembro de Redintercol. Ha sido asesora de campañas políticas, realizadora de programas radiales, así como autora de diversos artículos académicos y de opinión en las áreas de las Ciencias Políticas, la Bioética y el Bioderecho.

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