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Por qué oponerse a las parejas del mismo sexo

sábado, 11 de julio de 2009

Por qué oponerse a las parejas del mismo sexo

Por
Gloria Patricia Naranjo

Actualmente cursa en la Cámara de Representantes un proyecto de ley que busca conceder beneficios patrimoniales y de seguridad social a las parejas del mismo sexo.

Aparentemente esta iniciativa no compromete el concepto de familia, sin embargo, la realidad es otra y podría significar la puerta de entrada para que en Colombia se aprobara el matrimonio y la adopción para las parejas homosexuales.

He aquí seis buenas razones para oponerse a dicha iniciativa:

En la práctica este proyecto de ley es inaplicable (a menos que se redefina el concepto de familia). Es imposible que las parejas homosexuales puedan acceder a los beneficios de seguridad social y sociedad patrimonial con "las mismas condiciones y requisitos previstos para los compañeros permanentes", puesto que, en Colombia, la primera condición para que los compañeros permanentes puedan tener los beneficios mencionados es que la unión se dé "entre un hombre y una mujer". ¿Cómo se aplicarían entonces estos requisitos?, obviamente habría que dejar abierto el concepto de pareja para que dentro de éste puedan estar incluidas las uniones homosexuales.

Implica una redefinición velada del concepto de familia. El hecho de asemejar las parejas homosexuales a la unión marital de hecho implícitamente las asemeja también al concepto de familia. En Colombia los compañeros permanentes gozan de los beneficios de seguridad social y sociedad patrimonial porque la Constitución considera que son una forma de familia. De este modo, al otorgar estos mismos beneficios a las parejas homosexuales (con los mismos criterios de los compañeros permanentes), aunque no se diga abiertamente, lo que se está haciendo es abrir la puerta para una redefinición del concepto de familia.

Es la estrategia para poder abrir una puerta jurídica hacia el reconocimiento de derechos personales como el matrimonio y la adopción. Más que beneficios patrimoniales o de seguridad social, lo que se pretende es la legitimación de la pareja homosexual a través del reconocimiento legal. Si las uniones homosexuales pasan a ser valoradas positivamente por la ley, al grado de concederles derechos sobre bienes comunes, herencia, seguridad social, etc., entonces, ¿por qué no podrían merecer el estatuto del matrimonio o de la unión marital de hecho?, ¿no resultaría acaso una discriminación más oprobiosa configurar una "unión civil" homosexual, con algunos derechos del matrimonio o de la unión marital de hecho, y al mismo tiempo impedirles acceder a la plenitud de efectos de esta última institución?

Desde el punto de vista patrimonial es innecesario. Una pareja del mismo sexo también tiene formas de cuidar su patrimonio, de acuerdo con la legislación vigente en Colombia, sin necesidad de una normatividad jurídica especial por su condición homosexual; por ejemplo, hacer sociedades comerciales para defender el patrimonio conjunto; hacer testamento y disponer de sus bienes como mejor les parezca, sin desconocer a los herederos forzosos (a quienes incluso podrían desheredar si hay una causal válida para ello).

Es discriminatorio con otras formas de convivencia no erotizada. La erotización de la convivencia no tiene por qué ser "premiada" con garantías sociales o patrimoniales.

Nadie reclama estos derechos para una pareja de muchachos que viven juntos con el fin de que les salga más barato el alquiler pero que no son homosexuales, ¿por qué entonces reclamarlos para estos últimos?, ¿en razón de qué?, ¿de la erotización de su relación? Estos mismos derechos no se les conceden a los familiares cercanos que conviven pero que no tienen sexo.

Es antidemocrático. Las minorías deben aceptar su posición minoritaria y no pretender legislar para la mayoría atendiendo sólo a sus "derechos". El Estado debe reconocer la existencia de esa minoría pero no tiene que darle privilegios que no tienen fundamento.

El ser menos no les otorga derechos extras, sólo pueden pedir que se les respeten los derechos comunes de cualquier ciudadano. Darles más es discriminar al resto de la población por no ser minoría.

Para que el proyecto en cuestión, realmente, no sea una puerta al posterior reconocimiento de parejas homosexuales como familia y, en consecuencia, al otorgamiento del derecho de matrimonio entre personas del mismo sexo y la adopción, tendría que ampliarse a cualquier tipo de personas que convivan entre sí, sin importar la razón de dicha convivencia.

*Abogada y especialista en Derecho de Familia, UPB.


http://www.elcolombiano.com.co/BancoConocimiento/P/por_que_oponerse_a_las_parejas_del_mismo_sexo/por_que_oponerse_a_las_parejas_del_mismo_sexo.asp?CodSeccion=53

Nota

Este es un espacio para compartir información, la mayoria de los materiales no son de mi autoria, se sugiere por tanto citar la fuente original. Gracias

Perfil

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Medellín, Antioquia, Colombia
Magister en Filosofía y Politóloga de la Universidad Pontificia Bolivariana. Diplomada en Seguridad y Defensa Nacional convenio entre la Universidad Pontificia Bolivariana y la Escuela Superior de Guerra. Docente Investigadora del Instituto de Humanismo Cristiano de la Universidad Pontificia Bolivariana. Directora del Grupo de Investigación Diké (Doctrina Social de la Iglesia). Miembro del Grupo de Investigación en Ética y Bioética (GIEB). Miembro del Observatorio de Ética, Política y Sociedad de la Universidad Pontificia Bolivariana. Miembro del Centro colombiano de Bioética (CECOLBE). Miembro de Redintercol. Ha sido asesora de campañas políticas, realizadora de programas radiales, así como autora de diversos artículos académicos y de opinión en las áreas de las Ciencias Políticas, la Bioética y el Bioderecho.

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